Examinando por Autor "Gaitán Nieto, Liliana"
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Publicación Acceso abierto Funciones Comité de Convivencia Laboral(2016) Gaitán Nieto, LilianaEn cuanto a las funciones de los Comités de Convivencia y Conciliación Laborales Locales de la Entidad, las mismas están relacionadas en el artículo 6 de la Resolución SED 2810 de 2012, y corresponden a las que a continuación se transcriben: “1. Proponer y participar en las actividades de formación y capacitación sobre las disposiciones contenidas en la Ley 1010 de 2006, y en temas de capacitación gerencial, conducción de grupos de trabajo, trabajo en grupo, conducción de reuniones, solución de problemas y tácticas de negociación, toma de decisiones sobre el personal, resolución de conflictos y habilidades de negociación. 2. Divulgar y promocionar programas y estrategias tendientes a mejorar las relaciones laborales y reforzamiento de valores, en sus propios espacios y ambientes de trabajo y en los de las instituciones que integran la localidad. 3. Servir como organismo de coordinación entre los colegios y el Comité de Convivencia y Conciliación Central en la elaboración de propuestas para el mejoramiento de ambientes laborales. 4. Recibir y dar trámite a las quejas presentadas en las que se describan situaciones que puedan constituir acoso laboral y examinarlas de manera confidencial. 5. Adelantar reuniones y audiencias de conciliación con el fin de crear un espacio de diálogo entre las partes involucradas, promoviendo compromisos mutuos para llegar a una solución efectiva de las controversias. 6. Reportar al Comité de Convivencia y Conciliación Laboral Central los resultados de las intervenciones realizadas en los Colegios en caso de situaciones conflicto con el objeto de adoptar las medidas y posibles soluciones 7. Realizar las gestiones necesarias con el fin de promover ambientes de trabajo de sana convivencia. 8. En aquellos casos en que no se llegue a un acuerdo entre las partes, no se cumplan las recomendaciones formuladas o la conducta persista, el Comité de Convivencia y Conciliación Laboral Local, deberá remitir la queja a la Procuraduría General de la Nación y documentar lo gestionado a la Secretaría Técnica del Comité Central relacionando las intervenciones desarrolladas por el comité local con las evidencias de dichas intervenciones y los planes de mejora a los que no se dio cumplimiento. 9. En aquellos casos en que los miembros del Comité Local se involucren como parte del conflicto, la competencia será trasladada al Comité de Convivencia y Conciliación Laboral Central de la SED.”Publicación Acceso abierto Funciones Comité de Convivencia Laboral(2016) Gaitán Nieto, LilianaEn cuanto a las funciones de los Comités de Convivencia y Conciliación Laborales Locales de la Entidad, las mismas están relacionadas en el artículo 6 de la Resolución SED 2810 de 2012, y corresponden a las que a continuación se transcriben: “1. Proponer y participar en las actividades de formación y capacitación sobre las disposiciones contenidas en la Ley 1010 de 2006, y en temas de capacitación gerencial, conducción de grupos de trabajo, trabajo en grupo, conducción de reuniones, solución de problemas y tácticas de negociación, toma de decisiones sobre el personal, resolución de conflictos y habilidades de negociación. 2. Divulgar y promocionar programas y estrategias tendientes a mejorar las relaciones laborales y reforzamiento de valores, en sus propios espacios y ambientes de trabajo y en los de las instituciones que integran la localidad. 3. Servir como organismo de coordinación entre los colegios y el Comité de Convivencia y Conciliación Central en la elaboración de propuestas para el mejoramiento de ambientes laborales. 4. Recibir y dar trámite a las quejas presentadas en las que se describan situaciones que puedan constituir acoso laboral y examinarlas de manera confidencial. 5. Adelantar reuniones y audiencias de conciliación con el fin de crear un espacio de diálogo entre las partes involucradas, promoviendo compromisos mutuos para llegar a una solución efectiva de las controversias. 6. Reportar al Comité de Convivencia y Conciliación Laboral Central los resultados de las intervenciones realizadas en los Colegios en caso de situaciones conflicto con el objeto de adoptar las medidas y posibles soluciones 7. Realizar las gestiones necesarias con el fin de promover ambientes de trabajo de sana convivencia. 8. En aquellos casos en que no se llegue a un acuerdo entre las partes, no se cumplan las recomendaciones formuladas o la conducta persista, el Comité de Convivencia y Conciliación Laboral Local, deberá remitir la queja a la Procuraduría General de la Nación y documentar lo gestionado a la Secretaría Técnica del Comité Central relacionando las intervenciones desarrolladas por el comité local con las evidencias de dichas intervenciones y los planes de mejora a los que no se dio cumplimiento. 9. En aquellos casos en que los miembros del Comité Local se involucren como parte del conflicto, la competencia será trasladada al Comité de Convivencia y Conciliación Laboral Central de la SED.”Publicación Acceso abierto Funciones y horario de docentes y directivos docentes(2016) Gaitán Nieto, LilianaSe plantean algunos interrogantes sobre las funciones y horario de los docentes “de apoyo o por parámetro”, los orientadores y los coordinadores.Publicación Acceso abierto Libros de notas finales(2016) Gaitán Nieto, LilianaSe pregunta si los libros de notas finales requieren la firma para su validezPublicación Acceso abierto Licencia de funcionamiento condicional(2016) Gaitán Nieto, Liliana1)¿En que (sic) casos la administración puede dar aplicación a la norma concediendo la licencia en modalidad condicional? 2)¿A que (sic) documentación específica hace referencia la norma al manifestar: “requisitos adicionales”? 3)¿Cuáles (sic) de los requisitos de los exigidos por el decreto 3433 de 2008 y ratificados en el decreto 1075 de 2015, pueden quedar pendientes para la expedición de una licencia condicional mientras se obtiene una licencia definida?Publicación Acceso abierto Pago de Honorarios de sesiones no presenciales(2016) Gaitán Nieto, Liliana¿Se debe reconocer y pagar a los miembros del consejo directivo honorarios cuando participen en sesiones no presenciales? De ser así, en qué porcentaje se les debe reconocer los honorarios cuando se realicen las sesiones de manera virtualPublicación Acceso abierto Proyecto de bienestar docente y modificación estructura física(2016) Gaitán Nieto, LilianaSe pregunta sobre la viabilidad de un proyecto de bienestar docente al interior de la institución, si existen dichos proyectos desde la Secretaría de Educación, si es posible modificar la estructura física de la institución para dicho proyecto, y, si se pueden destinar rubros o dinero para dicho proyecto.Publicación Acceso abierto Viabilidad de uso de parque localizado aproximadamente 150 mt. del inmueble arrendado para prestar el servicio(2017) Gaitán Nieto, LilianaInmueble en arriendo para la prestación del servicio educativo a los estudiantes de grados primero, segundo y tercero, de la sede A del Colegio Carlos Alban Holguín, la cual se encuentra en proceso de construcción y adecuación de la planta física