Publicación: Alquiler de salones de manera permanente
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2017
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Resumen en español
TESIS JURÍDICA: La facultad del Rector para administrar los fondos de servicios educativos es distinta a la de contratar libremente todos los asuntos que represente beneficio lucrativo para el colegio que dirige, pues si bien la ley contemplo que hacen parte los recursos de los Fondos de Servicios Educativos-FSE- aquellos recibidos por concepto de arrendamiento de bienes muebles e inmuebles del establecimiento educativo, también lo es, que esto no significa que se esté facultado para contratarlos sin observación del resto del ordenamiento legal.