1. ¿En qué casos el director local debe asumir la responsabilidad de orientación de los colegios?. 2. Alcance y limitaciones de esta asignación. 3. Documentos que está permitido firmar para garantizar la prestación del servicio educativo en la institución donde temporalmente no haya rector/a. 4. ¿Para asumir estas “funciones” o tareas se requiere de un acto administrativo de validación?, o ¿Qué documento nos respalda?”