Publicación: Listado asistencia y tratamiento datos personales menores de edad
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Resumen en español
De conformidad con el ordenamiento jurídico vigente, es posible el suministro de la información requerida en el listado 21if007, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la ley 1581 de 2012, dado que es recaudada por una entidad pública. además, se debe tener en cuenta que, de conformidad con la política de tratamiento de datos personales de la sed, los datos recaudados por esta secretaría responden y respetan el interés superior de los niños, por ende, cumple con los requisitos del artículo 12 del decreto 1377 de 2013. 2. del punto anterior, aclaramos que la dependencia acompaña a estudiantes de preescolar hasta educación secundaria, es decir son estudiantes de 3 años en adelante. ¿debemos tener algún tratamiento de la información con algún grupo etario? 3. si los estudiantes pueden diligenciar estos listados ¿qué tratamiento debemos tener con la información registrada por los mismos?