“¿Cómo se deben aplicar las medidas sancionatorias de suspensión y en especial de cancelación de las personerías jurídicas para aquellas entidades sin ánimo de lucro con fines educativos propietarias de establecimientos o instituciones educativas que cuenten con licencia de funcionamiento conforme al artículo 2.3.2.1.3 del decreto 1075 de 2015?,