Ballesteros, Paula Andrea2020-04-072020-04-072020https://repositoriosed.educacionbogota.edu.co/handle/001/3078¿puede una institución educativa conformar sus órganos del gobierno escolar (consejo directivo y consejo académico), con un número superior y diferente de miembros a los señalados en los art 145 de la Ley115 y ART. 24 del decreto 1860 de 1994? se encuentran viciadas de nulidad las decisiones y demás actuaciones de los órganos del gobierno escolar(Consejo Académico y Consejo Directivo) que consta en un número superior de miembros y no se ajusta a los preceptuado por los arti 145 de la ley 115 y 24 del decreto 1869 de 1994, pues la institución fue integrada mediante resolución 2434 del 20 de agosto de 2002 de la sed y actualmente cuenta con dos sedes y cuatro jornadas? puede una institución educativa argumentar que por autonomía(art 77 ley 116/94) la conformación de sus órganos de Gobierno Escolar no se sujete en rigor a lo preceptuado en la normaapplication/pdfspaBogotá (Colombia). Alcaldía Mayor. Secretaría de Educaciónórganos de gobierno escolar.Documento de trabajoinfo:eu-repo/semantics/openAccessAtribución-NoComercialGOBIERNO ESCOLAR