Ballesteros Avellaneda, Paula Andrea2021-10-142021-10-142021https://repositoriosed.educacionbogota.edu.co/handle/001/33101. Por el hecho de que un colegio, que ha registrado oportunamente la información de su Institución en la plataforma EVI, no informa a la SED en los 60 días previos al inicio de sus matrículas o lo hace con posterioridad a este periodo, la Dirección Local de Educación debe expedir la resolución de costos en régimen controlado? 2. El procedimiento 15-PD-003 es aplicable adicionalmente al registro de la documentación en EVI, en el entendido que sería un nuevo diligenciamiento y radicación de información a la cual el equipo local de Inspección y Vigilancia ya tiene acceso desde la plataforma EVI?”.application/pdfspaObligación de los colegios privados de informar a la SED el cargue de documentos en la plataforma EVI para expedición de resoluciones de costos.Documento de trabajoinfo:eu-repo/semantics/closedAccess