Bolaños Zambrano, Javier2016-02-192018-12-122016-02-192018-12-122016http://repositoriosed.educacionbogota.edu.co/handle/001/24431. La jornada escolar es el tiempo que los establecimientos educativos dedican a la prestación directa, mínima y efectiva del servicio público educativo a los estudiantes. 2. Los periodos de clase son las unidades de tiempo en que se divide la jornada escolar, los cuales pueden tener duraciones diferentes, siempre y cuando el total semanal y anual, contabilizado en horas efectivas, sea igual a la intensidad mínima de la jornada escolar. 3. La jornada laboral es la que los docentes invierten en el cumplimiento de la asignación académica y las actividades curriculares complementarias. 4. La asignación académica es el tiempo distribuido en periodos de clase que el docente invierte en la prestación directa del servicio educativo a los estudiantes, a través de actividades pedagógicas de las áreas obligatorias y optativas previstas en el plan de estudios. 5. La jornada escolar es: En preescolar, 20 horas semanales efectivas de 60 minutos; en básica primaria, 25 horas semanales; y en básica secundaria y media, 30 horas semanales. 6. Los periodos de clase pueden tener duración variable, siempre y cuando el total de periodos semanales y anuales establecidos, contabilizado en horas efectivas, sea igual a la intensidad mínima de la jornada escolar. 7. La jornada laboral docente es de 40 horas semanales, sin importar si el docente presta sus servicios en los niveles de preescolar, básica primaria, básica secundaria o media. 8. La asignación académica es: En preescolar y básica primaria, 20 horas semanales efectivas de 60 minutos; y en básica secundaria y media, 22 horas efectivas de 60 minutos. La asignación académica es distribuida por el rector o director en períodos de clase de acuerdo con el plan de estudios.EMPLEO TEMPORALEMPLEO DE LOS DOCENTESPROPORCIÓN ALUMNOS/DOCENTESCubrimiento de vacantes temporales de docentes y carga académica