¿Es válido establecer que el Consejo Académico de una institución educativa estará integrado por un docente de las áreas definidas en el plan de estudios pero integradas en matemáticas, ciencias sociales, ciencias naturales y humanidades, no obstante, lo dispuesto en el artículo 2.3.3.1.5.7 del Decreto Único Reglamentario del Sector Educativo en cuanto a que el mismo debe estar conformado por un docente por cada área definida en el plan de estudios?