La anterior disposición se pone de presente en su consulta en atención a que se han radicado solicitudes por fuera del término establecido en la Resolución 2237 de 2015, esto es, el 31 de marzo de 2022, siendo la última fecha pertinente el 25 de marzo de 2022, por ser el último viernes del mes. Así las cosas, solicita que desde la Oficina asesora jurídica se determine cuál es el procedimiento a seguir por parte de la DIIP respecto de las solicitudes presentadas de manera extemporánea, es decir si se debe dar o no trámite a las mismas.